Asesoría Protección de Datos Personales

¿Tu empresa está preparada para la Ley 21.719?

Responde 10 preguntas y descubre tu nivel de cumplimiento en 3 minutos. Gratis, confidencial y con resultado inmediato. Recibirás tu porcentaje de cumplimiento, exposición sancionatoria estimada y los principales hallazgos.

01Diagnóstico express

Descubre tu nivel de cumplimiento en 3 minutos.

Responde 11 preguntas sobre cómo tu empresa maneja datos personales hoy. Recibirás un resultado inmediato con tu porcentaje de cumplimiento, tu exposición sancionatoria estimada y los principales hallazgos.

Gratis3 minutos · confidencial · resultado inmediato

¿Tu empresa cumple con la Ley 21.719?

Mide tu nivel de cumplimiento, conoce tu exposición sancionatoria estimada y descubre los principales hallazgos a corregir antes del 1 de diciembre de 2026.

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Pregunta 1 de 11
Nivel de cumplimiento
0%
CUMPLIMIENTO

Exposición sancionatoria estimada
Fecha límite: 1 de diciembre de 2026 · quedan días

Principales hallazgos

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    02Contexto

    ¿Qué es la Ley 21.719?

    La nueva normativa chilena sobre protección de datos personales. Reemplaza el marco anterior (Ley 19.628) con un estándar comparable al GDPR europeo, crea una nueva autoridad fiscalizadora (APDP) y establece obligaciones concretas para toda empresa que trate datos personales.

    2026
    Entrada en vigencia

    1 de diciembre de 2026. Desde esa fecha es exigible.

    20.000
    UTM de sanción máxima

    Aprox. CLP 1.350 millones. Las multas se gradúan por gravedad y dolo.

    APDP
    Nueva autoridad

    Agencia de Protección de Datos Personales, con facultades de fiscalización y sanción.

    100%
    Aplicación

    Toda empresa que trate datos personales, sin umbral mínimo. Si tienes clientes, te aplica.

    03Riesgos

    No actuar a tiempo tiene consecuencias.

    El cumplimiento no es un trámite. Es un cambio operacional que afecta sistemas, contratos, procesos y cultura.

    Sanciones cuantiosas

    Multas que pueden alcanzar 20.000 UTM (~CLP 1.350 millones). La APDP tendrá facultad de imponerlas directamente.

    Daño reputacional

    Las sanciones serán públicas. Una brecha de datos puede afectar de forma irreversible la confianza de clientes y socios.

    Pérdida de mercados

    Operar con empresas europeas o filiales internacionales exigirá un estándar comparable al GDPR. No tenerlo cierra puertas.

    Tiempo limitado

    Implementar un modelo robusto toma entre 4 y 6 meses. Quienes empiecen tarde no llegarán a tiempo.

    04Nuestra asesoría

    Un modelo integral, llave en mano.

    Diseñamos e implementamos el modelo de cumplimiento de tu empresa de extremo a extremo: desde el diagnóstico hasta el acompañamiento post-implementación.

    01

    Diagnóstico inicial

    Mapeo de tratamientos, flujos de datos y matrices de riesgo. Identificación de brechas regulatorias y plan de remediación priorizado.

    02

    Diseño del modelo

    Políticas internas, procedimientos operativos, documentación obligatoria (registro de actividades, protocolos de brecha, mecanismos de derechos ARCO).

    03

    EIPD

    Evaluaciones de Impacto en Protección de Datos para tratamientos de alto riesgo. Identificación, mitigación y documentación.

    04

    Designación de DPO

    Identificación y formación del Delegado de Protección de Datos interno, o asunción de la función de manera externa por nuestro equipo.

    05

    Adecuación operacional

    Revisión de contratos con encargados, consentimientos web, formularios, políticas de cookies y términos de uso. Roll-out de las adecuaciones necesarias.

    06

    Capacitación

    Sesiones diferenciadas para directorio, gerencia y equipos operativos. Materiales reutilizables para onboarding y reciclaje.

    07

    Auditoría interna

    Verificación periódica de cumplimiento, simulacros de brecha, revisión de evidencia documental. Alista a la empresa para una eventual fiscalización.

    08

    Acompañamiento permanente

    Soporte ante consultas, brechas reales, requerimientos de la APDP o reclamos de titulares. Tu equipo legal extendido en materia de datos.

    +1.350M
    CLP en sanciones potenciales

    El cumplimiento ya no es un costo opcional. Es la única forma de operar en el nuevo marco regulatorio chileno.

    Garín Abogados · Equipo de Compliance
    05Metodología

    Cuatro fases. Un cronograma claro.

    Trabajamos con hitos definidos y entregables verificables en cada etapa.

    Fase 01

    Diagnóstico

    ~ 4 semanas

    Entrevistas con equipos clave, revisión documental, mapeo de tratamientos y flujos. Informe de brechas y plan de remediación.

    Fase 02

    Diseño

    ~ 6 semanas

    Elaboración de políticas, procedimientos, documentación legal y propuesta de adecuaciones tecnológicas.

    Fase 03

    Implementación

    ~ 12 semanas

    Roll-out operativo, EIPDs, adecuación de contratos y formularios, capacitación de equipos, designación de DPO.

    Fase 04

    Acompañamiento

    Continuo

    Soporte ante consultas, auditorías periódicas, actualizaciones normativas y representación ante la APDP.

    06Aplica a tu empresa

    ¿Tu empresa necesita esta asesoría?

    Si te identificas con alguno de estos perfiles, el momento de actuar es ahora.

    Empresas con bases de clientes grandes

    Si manejas más de 1.000 titulares de datos (clientes, usuarios, suscriptores), la exposición regulatoria es alta.

    Tratamiento de datos sensibles

    Salud, biométricos, financieros, ideología, datos de menores. Estos tratamientos exigen estándares más altos.

    Sectores regulados

    Banca, fintech, retail, salud, telcos, seguros y educación enfrentan obligaciones adicionales y fiscalización más estricta.

    Exposición internacional

    Filiales en Europa, clientes globales o transferencias internacionales de datos requieren cumplir GDPR + Ley 21.719.

    Reclamos o requerimientos previos

    Si tu empresa ya ha recibido reclamos por uso de datos o requerimientos del organismo actual, la fiscalización futura será más cercana.

    Uso intensivo de tecnología

    Plataformas SaaS, e-commerce, apps móviles, sistemas de marketing automatizado o analítica avanzada concentran riesgo.

    07Preguntas frecuentes

    Lo que más nos preguntan.

    El 1 de diciembre de 2026. Desde esa fecha, toda empresa que trate datos personales debe cumplir con la nueva normativa y queda sujeta a fiscalización por la APDP.
    Sí, si tu empresa trata datos personales de personas naturales en Chile, en cualquier rol (responsable o encargado). No hay umbral mínimo: si tienes clientes, empleados, contactos o usuarios identificables, te aplica.
    Hasta 20.000 UTM (aproximadamente CLP 1.350 millones a junio 2026). Las multas se gradúan según la gravedad del incumplimiento, la cantidad de titulares afectados, la existencia de dolo y la conducta posterior.
    Entre 4 y 6 meses para un modelo robusto, considerando diagnóstico, diseño, implementación y capacitación. Si tu empresa ya tiene controles parciales o un modelo de compliance previo, el plazo puede reducirse a 2-3 meses.
    La designación de un Delegado de Protección de Datos (DPO) es obligatoria para entidades públicas y para empresas privadas que traten datos sensibles a gran escala o realicen monitoreo sistemático. Para el resto es altamente recomendable. Podemos asumir la función de DPO externo si tu empresa lo prefiere.
    La Agencia de Protección de Datos Personales: nueva autoridad independiente creada por la Ley 21.719, con facultades de fiscalización, instrucción de procedimientos sancionatorios y aplicación de multas. Reemplaza al débil esquema actual.
    Deben adecuarse al nuevo régimen antes del 1 de diciembre de 2026: revisar bases de licitud, renovar consentimientos cuando sea necesario, depurar lo no necesario, documentar el inventario. El diagnóstico inicial define qué hacer con cada base.
    ContactoSin diagnóstico

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